28 FEBRERO 2016

NORMATIVA SOBRE USO DE ARTÍCULOS PIROTÉCNICOS

NORMATIVA SOBRE USO DE ARTÍCULOS PIROTÉCNICOS Y AUTORIZACIÓN A MENORES


LA ASOCIACIÓN CULTURAL FALLA CISCAR-BURRIANA INFORMA:

Que, en cuanto al uso individual, la normativa valenciana reduce la edad establecida en la normativa estatal para el uso de petardos, pasando de los 12 a los 8 años para la utilización de artificios de Categoría 1 y de los 16 a los 10 años para el uso de los de Categoría 2.

Para que sea posible esta excepción, es obligatorio la autorización por escrito de los padres o tutores legales del menor en la que se certifique que el niño ha recibido instrucciones sobre la adecuada utilización el artificio. Además, sólo podrán tirar petardos en presencia de una adulto. Dicha autorización puede descargarla aquí: Modelo de Autorización

Por otra parte, la Generalitat ha aprobado la ITC 18 que regula el uso de artificios pirotécnicos exceptuados del ámbito de la Directiva Europa (que no llevan marcado CE) en manifestaciones festivas religiosas, culturales y tradicionales, tales como la “cordà”, la “passejà”, el “correfoc” o la “despertà”.

Para participar en este tipo de manifestaciones festivas es necesario superar un curso de formación para obtener la cualificación de Consumidor Reconocido como Experto (CRE).

La Asociación Cultural Falla Ciscar-Burriana llama a la responsabilidad a los padres y a los más pequeños para el buen uso de artificios pirotécnicos y recuerda que sólo podrán tirar petardos en presencia de un adulto.

Únicamente se permitirá a los menores utilizar la zona acotada como "ZONA DE FUEGOS" por parte de la Comisión, siempre y cuando lo hagan acompañados por un adulto, y siempre y cuando cualquiera de ellos esté en disposición de la correspondiente AUTORIZACIÓN debidamente cumplimentada y firmada, debiendo presentarla a petición de cualquier miembro de la Junta Directiva de esta Comisión.

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